La enfermería de las FFAA podrá prescribir en situaciones de “aislamiento”

2019-06-03 0:00:00

El BOE del 31 de mayo publicó la Orden PCI/581/2019, de 24 de mayo, por la que se regula la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano por parte de los enfermeros de las Fuerzas Armadas. El personal militar enfermero podrá indicar, usar y autorizar la dispensación de medicamentos sujetos a prescripción médica mediante la aplicación de protocolos y guías de práctica clínica elaboradas y validadas por el Ministerio, siempre y cuando estén en una situación de "aislamiento". El requisito para poder emplear así los medicamentos será que los enfermeros cuenten con la acreditación emitida por el Ministerio de Defensa. La acreditación de los enfermeros de las Fuerzas Armadas que lleven un mínimo de un año en el servicio activo quedará otorgada con la mera referencia de la publicación de esta la en el BOE, “entendiendo este periodo de tiempo como tiempo de experiencia profesional”. Comentario en Redacción Médica.

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